Estimado comisionado Ramírez Landaverde:
Por favor dígame que la carta que circula en redes sociales, del inspector jefe Joaquín Eduardo Hernández Rodríguez al Fiscal General en funciones es una vil falsificación, parte de una campaña de desprestigio…
Por favor dígame que la carta que circula en redes sociales, del inspector jefe Joaquín Eduardo Hernández Rodríguez al Fiscal General en funciones es una vil falsificación, parte de una campaña de desprestigio…
En
esta carta, se pide a la Fiscalía de la República “aperturar caso por
Apología de Actos de Terrorismo” contra El Diario de Hoy y sus
periodistas por haber publicado una serie de artículos sobre el control
que las pandillas ejercen en la ciudad capital.
Al
no ser una falsificación, estaríamos en un grave problema, porque
entonces sería la prueba de que la PNC, creada por los Acuerdos de cómo
policía que respete y garantice nuestros derechos constitucionales, hace
lo contrario. En este caso, o sea si la carta es auténtica, por favor
díganos que el inspector jefe ya está suspendido de sus tareas como jefe
del departamento de investigaciones en la delegación centro de San
Salvador. Y no sólo él, sino también los autores intelectuales de este
atentado contra al libertad de prensa, o sea los superiores que han
autorizado.
Alguien
tiene que haber ordenado al inspector jefe que tomara esta iniciativa
que, a todas luces, no corresponde a su cargo. No quiero pensar que fue
usted…
El
inspector jefe, en su carta, solicita la acción penal contra el
periódico, basado en “el artículo 8 de la sentencia
22-20007/42-2007/89-2007/96-2007 de la Honorable Corte Suprema”.
Quien
sea que escribió esta carta demuestra mucha confusión jurídica – y
lógica. La sentencia en cuestión no es de la Corte Suprema, sino de la
Sala de lo Constitucional. Y el artículo 8 que cita no es de la
sentencia, sino de la “Ley Especial contra Actos de Terrorismo LECAT”,
que dice así:
“APOLOGÍA E INCITACIÓN PÚBLICA DE ACTOS DE TERRORISM
Art. 8.
El que públicamente hiciere apología del terrorismo o incitare a otro u otros a cometer cualquiera de los delitos previstos en la presente Ley, será sancionado con prisión de cinco a diez años.”
Art. 8.
El que públicamente hiciere apología del terrorismo o incitare a otro u otros a cometer cualquiera de los delitos previstos en la presente Ley, será sancionado con prisión de cinco a diez años.”
Si
el autor de esta carta hubiera leído la sentencia de la Sala, se
hubiera encontrado con este candado que los magistrados pusieron para
que a nadie se le ocurra que los magistrados dan luz verde a restringir
la libertad de prensa. Se hubieran topado con esta frase:
“Tales
dimensiones de la apología, podrían colisionar de forma aparente con el
ejercicio de importantes derechos constitucionales como el de la libre
expresión y difusión del pensamiento, libertad de opinión y crítica
pública..”
La conclusión de la Sala: Si un texto publicado no constituye “una
incitación directa a cometer un delito o delitos determinados, quedará
fuera de la órbita de lo punible”, como “todas aquellas expresiones
ideológicas, políticas, artísticas … que no supongan tal fin..."
Los
artículos de El Diario de Hoy, que la PNC clasifica como “apología del
terrorismo”, obviamente no incitan a ningún delito. Describen el alcance
del control de las pandillas, lo que obviamente equivale a constatar
que la PNC está fracasando, esto sí. Pero, ¿a partir de cuándo es ilegal
criticar a la PNC o al gobierno?
Si
ustedes, los máximos jefes policiales y sus oficiales, entendieran el
concepto de la libertad de expresión y prensa, esta carta jamás hubiera
sido escrita.
No
nos demos paja. Si hasta la fecha usted no la desmintió, la carta es
auténtica. Además coincide con el discurso suyo y del ministro Lara. Es
un ataque inusual e inaceptable a la libertad de prensa por parte de la
institución llamada a proteger estas libertades. Una iniciativa de este
tipo no la toma un inspector jefe de la delegación Centro. A menos que
se sienta respaldado por sus superiores en la PNC y en el gobierno.
Usted tiene la palabra, comisionado. Saludos,
Posdata: En caso que no lo haya leído, el art. 6 de la Constitución dice: “Toda persona puede expresar y difundir libremente sus pensamientos siempre que no subvierta el orden público, ni lesione la moral, el honor, ni la vida privada de los demás.” Describir la realidad y criticar a las autoridades no subvierte el orden público, la represión de libertades sí.