Cuando la correcta aplicación de la ley y de la lógica se interpreta
como "terremoto político" o como "golpe de Estado técnico", algo está
mal en nuestro país.
¿De qué terremoto estaba hablando el
entrevistador del Canal 33, Sergio Méndez, el martes pasado? De una
sentencia de la Sala de lo Constitucional, publicada este mismo día, que
no hace otra cosa que constatar que mientras el Tribunal Suprema
Electoral no termine el escrutinio para los diputados en el departamento
de San Salvador, no existen diputados electos para este departamento.
La única conclusión lógica posible: Mientras no sabemos quiénes serán
los 24 diputados que representarán San Salvador, porque aún no hay
escrutinio válido, nadie podrá asumir el cargo de diputado de este
departamento. Y como el Tribunal Supremo Electoral ha hecho todo lo
posible para que el nuevo escrutinio de San Salvador, que la Sala le
había ordenado efectuar, no terminara a tiempo para la inauguración de
la nueva Asamblea 2015-2018, este viernes 1 de mayo no podrán asumir sus
cargos los 24 diputados que corresponden a San Salvador. Así de simple.
Así de lógico.
¿Y esto es un "terremoto político", como lo
califica el imitador de Ismael Cala? ¿Y esto es un "golpe de estado",
como lo califica el presidente de la Asamblea saliente y dirigente del
FMLN, Sigfrido Reyes, quien por suerte el 1 de mayo va a su casa (o al
exilio dorado en la embajada en Moscú)?
Terremoto o intento de
golpe de Estado sería si el 1 de mayo tomasen posesión, con toda la
pompa, 24 candidatos cuyos votos todavía están siendo contados. O si la
Sala no hubiera intervenido en el intento del Consejo Nacional de la
Judicatura de amañar la selección de candidatos a magistrados de la
Corte Suprema (vea abajo).
Hay 24 ciudadanos que disponen de
pedazos de papel otorgados por el TSE, que los acreditan como diputados
electos, y algunos de ellos reclaman que estas credenciales les dan el
derecho de sentarse el 1 de mayo en la Asamblea, o incluso de postularse
como directivos del nuevo Legislativo, esté terminado o no el recuento
de votos. Pero son credenciales que el TSE otorgó en base de un
"escrutinio final" que, en el caso del departamento de San Salvador, fue
declarado sin lugar por la Sala, porque a todas luces no representaba
fielmente la voluntad popular. Obviamente, con la sentencia de la Sala
que ordenaba volver a contar todos los votos del departamento de San
Salvador, estas 24 credenciales (más las de 24 suplentes), 24 de estas
credenciales perdieron validez. Es cierto, la mayoría de estos 24
portadores de credenciales caducadas al fin saldrán confirmados como
diputados, si es que el TSE en algún momento presenta los verdaderos
resultados. Pero con el 18% de los votos recontados al momento de
escribir estas líneas, ya es evidente que teníamos toda la razón de
exigir que se abran las urnas. Ya se detectaron miles de votos que no
habían sido tomados en cuenta en el escrutinio que el TSE declaró
"final". Por tanto, es bien posible que más que uno de los 24 candidatos
en cuestión al final de esta historia podrán enmarcar sus credenciales
de diputado electo y colgarlas en sus baños, como grato recuerdo de un
episodio tragicómico, pero sin asumir como diputados.
La Sala no
hizo otra cosa que aplicar la consecuencia lógica de su sentencia
anterior, para evitar una crisis institucional, con una nueva Asamblea
que elija como miembros de su directiva a personas cuya elección todavía
está en disputa.
En cambio: La orden de la Sala que 24 escaños
quedarán vacíos hasta que el último voto sea contado y el escrutinio se
declare válido, no causa ninguna crisis institucional. La Asamblea se
puede conformar con 60 diputados. Pueden posponer la elección de la
junta directiva. Incluso si los 60 diputados, que el 1 de mayo asumen
sus cargos, decidieran no legislar mientras la Asamblea no sea completa,
el país no entra en crisis. Durante la reciente campaña electoral, el
trabajo del órgano legislativo se paralizó durante semanas, y el país
seguía funcionando como siempre…
La otra sentencia emitida por la
Sala el pasado martes tampoco es más que la aplicación lógica de
principios ya establecidos en otros casos. Así como la Sala sentenció en
el caso de la Corte de Cuentas y del Tribunal Supremo Electoral, ahora
declaró inconstitucional la elección del abogado Tito Edmundo Zelada
como presidente del Consejo Nacional de la Judicatura, por su falta de
independencia y su militancia partidaria. Y declaró improcedente la
nominación, por parte de este Consejo, de 15 candidatos a magistrados,
porque salieron de un procedimiento anteriormente declarado
inconstitucional. Ninguna sorpresa, ningún terremoto, ningún golpe de
Estado. Sólo la consecuente aplicación de la ley, la generación de
seguridad jurídica, y la consolidación de la división de poderes.
(El Diario de Hoy)