Publicado en MAS! y El Diario de Hoy, 4 abril 2020
Estimados colegas:
Los abusos autoritarios de los gobiernos solo tienen un límite: la raya que los ciudadanos les ponemos. Los gobiernos van a ser tan autoritarios como nosotros se lo permitamos.
Y cuando un gobierno comienza a erosionar la libertad de expresión, comenzando con la libertad de prensa, nosotros los periodistas somos los llamados a pintarle la raya.
Los gobiernos tienden a probar hasta dónde pueden llegar. Empujando esos límites se amplía el espacio para actuar impunemente contra las libertades. Y qué situación podría ser más idónea para estos intentos que una crisis como la que estamos viviendo ahora con la epidemia…
Recapitulemos. El 13 de marzo 2020 la Asamblea aprueba la “Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales para atender la Pandemia COVID-19”. Aunque no lo querían llamar así, era una ley de Estado de Excepción, porque se basó en el art. 29 de la Constitución que regula el Estado de Excepción que se puede decretar en ciertas condiciones y con ciertas limitaciones.
La limitación principal: el art. 29 menciona explícitamente cuáles son los únicos derechos constitucionales que pueden ser restringidos por un Estado de Excepción. Son cuatro: Libre tránsito (art 5); derecho de libre expresión (6); derecho de reunión (7); inviolabilidad de la correspondencia y comunicación (24).
La “Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales para atender la Pandemia COVID-19”, tanto en su versión original como en la prórroga aprobada el 29 de marzo, solo permite la restricción al derecho de libre tránsito, al derecho de reunión y al derecho de cambiar libremente el domicilio. Los otros derechos constitucionales (que según art. 29 podrían limitarse o suspender) no son afectados por el actual Estado de Excepción. Es más, ESTA ley dice explícitamente que “no se restringe la libertad de expresión y de difusión de pensamiento”.
Este es el resultado de la negociación que hubo entre el Gobierno y los diferentes partidos previa a la aprobación del Estado de Excepción. Sin esta garantía para la libertad de expresión jamás hubieran obtenido los votos suficientes para aprobar esta ley.
Incluso, el Gobierno emitió un decreto ejecutivo (número 12, del 21 de marzo), para regular la aplicación de las medidas restrictivas. Incluía una lista de sectores que estaban excluidos de la prohibición de circular durante la cuarentena de 30 días decretada para todo el país. Y en esta lista aparecieron los periodistas.
Hasta ahí, todo bien. Hasta el día 30 de abril, cuando este decreto fue abolido y sustituido por uno nuevo (No. 14), con una versión más detallada de los sectores que podrán circular en el desempeño de sus trabajos. Y en esta nueva lista ya no se mencionó a los periodistas. Ya no se garantizaba a la industria mediática su derecho de continuar funcionando libremente.
¿Un error de algún asesor o funcionario? No. Este tipo de cosas no pasan por accidente. Por suerte, algunos medios y sus periodistas inmediatamente sonaron la alarma. Por suerte, recibieron inmediatamente apoyo de juristas, organizaciones ciudadanas y del Procurador de Defensa de Derechos Humanos.
Pintamos la raya. Mandamos el mensaje: Este límite no pueden pasar.
El gobierno entendió el mensaje y reculó inmediatamente. El 31 de marzo difundió otro decreto (No. 15) que tiene un solo punto: Los periodistas pueden circular para hacer su trabajo. El sueño mojado de todos los autoritarios -controlar la prensa- les había durado apenas un día.
Trataron hacernos un fraude de ley. Sabiendo que no podían pasar por la Asamblea un decreto de Estado de Excepción que suspende la libertad de prensa. Entonces, intentaron suspenderla de manera indirecta: con un decreto que regula la movilización. Pero no pudieron.
Que esta historia sea una lección, tanto para el gobierno (movidas tan burdas no funcionan), como para todos nosotros (nunca bajar la guardia).
Saludos,