sábado, 6 de enero de 2018

Carta a la diputada que quieren linchar

Estimada Cristina López:
Parece un deporte nacional querer lincharte. Desde que llegaste a la Asamblea surgieron voces cuestionando con qué derecho una corredora ocupara una diputación. Cuando tuviste un conflicto con uno de tus asesores, te atacaron con insinuaciones de carácter sexual. Cuando en diciembre 2016 no lograron aprobar el presupuesto para el 2017, por que vos no diste el voto número 43 que necesitaban, te colocaste en el ojo del huracán. O más bien te colocaron, aunque tuviste no solo el derecho, sino toda la razón de negar tu voto a un presupuesto que luego fue declarado inconstitucional por la Sala de lo Constitucional.

Siempre asumí que todo como reflejo de la actitud sexista, pero también clasista, que sigue dominando nuestro clima político. Todo regresa al punto inicial: ¿Qué hace en la Asamblea una mujer sin apellido de familia pudiente, una deportista sin formación académica?

Pero lo que pasa ahora es aun más grave. Te acusan, sin prueba ninguna, de haberte vendido a Enrique Rais, el empresario prófugo acusado de tráfico de influencias. Dicen que te dejaste sobornar por Rais o sus defensores para que pidieras a la Asamblea una interpretación auténtica de la Ley Especial para Intervención de las Comunicaciones – y que esta interpretación, que de hecho fue aprobada por la Asamblea en diciembre del año pasado, puede hacer caer el caso contra Rais.

Entonces, sos cómplice de una mafia. Así de fácil.



A nadie se le ocurre considerar que la ley que regula las intervenciones telefónicas de la fiscalía tiene unos artículos que protegen a la ciudadanía de abusos. Las escuchas telefónicas solo pueden ser autorizadas por un juez. Y el juez solo las puede autorizar en un caso específico, dando oportunidad a la fiscalía a recabar pruebas para sustentar una sospecha concreta y presentar su acusación ante la justicia. La fiscalía no puede usar los datos recabados en la escucha telefónica para otros fines o en otros casos. Tampoco puede acumularlas para ver si en el futuro les sirven. Si no presenta en seis meses la acusación en el caso específico, para el cual fue autorizada la intervención telefónica, la fiscalía está obligada a destruir las grabaciones y sus transcripciones.

Esto dice la ley, y esto vino a reafirmar la interpretación auténtica que solicitaste. ¿Entonces, cuál es el pecado? ¿Cómo puede ser un pecado insistir en una regla necesaria para proteger a la ciudadanía de posibles abusos?

El supuesto pecado es que con esta interpretación se le puede caer a la fiscalía el caso contra Rais. Momento, ¿cómo es esto? Si el caso contra Rais está sustentado en unas grabaciones, a pesar de que el plazo de 6 meses estaba vencido, y si por esto se cae el caso, la culpa es exclusivamente de la fiscalía.

Todos consideramos al señor Rais culpable de manejos mafiosos. Pero no podemos defender una práctica incorrecta de la fiscalía para facilitar su condena. Legitimando esta práctica en este caso, le damos a la fiscalía un arma que puede usar contra cualquier ciudadano. Por eso era correcto que la Asamblea emitiera su interpretación auténtica, marcando a la fiscalía el límite legal de sus actuación.

No te dejés ahuevar, diputada, hiciste lo correcto.
Saludos,

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(MAS! / El Diario de Hoy)