lunes, 28 de abril de 2008

Columna transversal: ESTA COLUMNA ESTA CENSURADA EN LA ASAMBLEA

Si usted es diputado, asesor legislativo o empleado de la Asamblea Legislativa de El Salvador, no puede acceder a este blog (y miles de otros), por lo menos no desde su oficina, desde su computadora, desde el sistema informático de la Asamblea. Si un diputado o empleado de la Asamblea, haciendo uso de su computadora en su oficina, trata de entrar a este blog, le sale una ventana en la cual la Junta Directiva le informa que este sitio está bloqueado por contenidos pornográficos. No sabemos qué concepto tienen los honorables miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa de la sexualidad y de la pornografía, pero si incluye en este concepto los contenidos de Siguiente Página o del blog de Neto Rivas, necesitan urgentemente ayuda profesional. Podemos recomendarles algunos psiquiatras o expertos en educación sexual...

Sea como sea el concepto de pornografía que tengan en el séptimo piso de la Asamblea, es un hecho que los diputados no tienen derecho de leer esta columna y miles más desde sus oficinas. La Junta Directiva de la Asamblea les censura. Hay diputados que deciden qué es lo que sus colegas y sus empleados deben leer y qué no. Tal vez sea por esto que la calidad del trabajo legislativo sea tan deficiente. No porque no pueden leer este blog –sabemos que no es tan importante-, sino por la mentalidad que está detrás de esta medida de censura y prepotencia. Y por la mentalidad de los diputados que aceptan este tipo de restricciones.

Los diputados tienen que tener todos los insumos posibles para poder legislar: acceso irrestricto a información completa, análisis exhaustivo, opiniones múltiples. Restringirles a los diputados el acceso a todos estos insumos es obstrucción a la labor del primer órgano del Estado.

Incluso, los diputados tienen derecho a asistencia profesional y académica. Para cumplir sus funciones, es indispensable disponer de un aparto de asistencia que analiza los problemas, genera propuestas, investiga antecedentes, mide las consecuencias económicas, sociales, legales y políticas de los decretos – o de la ausencia de legislaciones. Igual que los diputados, los asesores tienen el deber de documentarse, investigar, recoger opiniones. Restringir a los asesores el acceso a las fuentes de información, análisis y opinión es obstrucción a la labor del primer órgano del Estado.

Es por esto que los diputados y sus asesores tienen acceso privilegiado a información interna del Estado. El ejecutivo, sus ministerios, y todas sus dependencias, las autónomas, el aparato del estado en su conjunto, están obligados a facilitar a los diputados la información necesaria para poder legislar.

Por definición no puede haber ningún tipo de censura que filtre el tipo de informaciones y opiniones accesibles para los diputados y sus asesores. Por definición del carácter político y partidario de los diputados no puede haber instancia ninguna que filtre la información que reciben los diputados, sea con criterios ideológicos, políticos, religiosos e incluso morales. Tiene que ser los diputados mismos –cada uno con sus criterios- que valoren qué información necesitan.

Es vergonzante que nuestros diputados toleran este tipo de censura como si, en vez de legisladores, fueran niños bajo el régimen disciplinario de su escuela, o retardados mentales a los cuales no conceden la facultad de decidir a qué tipo de lectura tener acceso.