domingo, 20 de octubre de 2019

“El Estado soy Yo”. Columna Transversal de Paolo Luers


Publicado en EL DIARIO DE HOY, 20 octubre 2019 


“Como Jefe de Estado hago un llamado a los diputados de la Asamblea Legislativa a que NO VOTEN por José Apolonio Tobar, como Procurador de DDHH, por tener expedientes abiertos en la Fiscalía General de la República y no estar apto para desempeñar tan importante cargo. Esta petición no la hago como Jefe de Gobierno, sino como Jefe de Estado”. El presidente de la República, el día que la Asamblea decidió llevar a votación el nombramiento del nuevo procurador de Derechos Humanos.
Desde que han desaparecido las monarquías absolutistas, cuyos reyes decían “L’État, c’est moi” (El Estado soy Yo, Luis XIV de Francia), sólo el rey de Arabia Saudita o el Secretario General del Partido Comunista Chino pueden arrogarse a dar de esta forma instrucciones a su parlamento.
En nuestro orden constitucional esto no cabe. De hecho, la figura de un Jefe de Estado no existe en nuestra Constitución. En nuestro sistema republicano, el Presidente nunca es más que Jefe de Gobierno y, como tal, no tiene poder sobre los otros poderes del Estado (Asamblea Legislativa y Corte Suprema de Justicia). Es más, Asamblea y Corte tienen más poder sobre el presidente que él sobre ellas, porque la Constitución les da funciones de control sobre el gobierno.
El Rey de España o la Reina de Inglaterra jamás se atreverían de hacer semejante llamado a sus parlamentos, invocando su título de Jefe de Estado para decirles a los diputados por quién votar o no votar. Regresando a El Salvador, no es casualidad que nuestra Constitución le concede al presidente el derecho de vetar leyes, pero jamás la elección de funcionarios.
La figura del Jefe de Estado sólo existe para describir la manera como el presidente de la República representa al Estado salvadoreño ante la comunidad internacional. No significa de ninguna manera, ni siquiera de manera simbólica, que el presidente sea jefe encima de otros poderes.
Aparentemente, nuestro presidente no tiene claro (o no quiere reconocer) los límites de su poder. Sus ideólogos (si puede usarse este término, porque son bastante rudimentarios) han creado una leyenda, la cual no tiene nada que ver con nuestro orden constitucional, pero que la han sabido vender bien en su propaganda: la leyenda que la gran mayoría con la cual el presidente ganó las elecciones significa que él representa “al pueblo” y que esto le viste de un poder encima de los otros poderes electos anteriormente. Casi un poder total, casi ejerciendo él la soberanía del pueblo.
Esto es contrario a nuestro marco constitucional. El presidente, sea electo con minoría pequeña o grande, tiene el poder que le da la Constitución. Ni más, ni menos. Tiene el poder sobre el Ejecutivo, y la mayoría con la que ganó, por más grande que haya sido, no anula las elecciones de los diputados en elecciones anteriores. Ellos tienen la misma representatividad del pueblo que el presidente, cada uno para su mandato específico. Por suerte, en el sistema nuestro no existe un “winner takes all”, donde una mayoría coyuntural podría cambiar todo el mapa político e institucional.
En esta columna no haré ningún juicio sobre el candidato que fue electo procurador, José Apolonio Tobar, ni tampoco sobre el proceso bastante cuestionado de elegir a los funcionarios de segundo grado. Sea el procurador electo el idóneo o no, con su elección la Asamblea le pintó la raya al presidente, asumiendo al fin su función de contrapeso a un Ejecutivo con tendencia al abuso de poder. Los diputados, o más bien una mayoría calificada de ellos, desecharon la indebida intromisión del presidente y votaron como lo consideraban pertinente y necesario. Para ellos se trataba de elegir a un funcionario que promete asegurar que la Procuraduría de Protección cumpla su tarea de monitorear al gobierno en cuanto a su respeto a los Derechos Humanos. Le pusieron al gobierno un “watch dog”.
Interpretaron el mandato de elegir a un funcionario independiente escogiendo a alguien que sea independiente del gobierno, que es la instancia que más tiene que vigilar.
Si esto es jurídicamente correcto, en última instancia le va a tocar evaluar a la Sala de lo Constitucional, porque seguramente habrá demandas contra esta elección. Políticamente es correcto enfatizar en la independencia del gobierno de un procurador de Derechos Humanos. Lamentablemente, la Asamblea toma y ejecute sus decisiones de una manera torpe y poco transparente. También en este caso, cuando hubiera sido importante tener sobre esta problemática un debate abierto y profundo.