martes, 20 de febrero de 2018

Carta a los letrados de derecho: Se busca a un valiente

Estimados abogados:
El dirigente del FMLN y de ALBA, José Luis Merino, conocido como ‘Ramiro’, es candidato de su partido para una diputación en el departamento de San Salvador. Luego de la salida de Norma Guevara y Lorena Peña, sería el jefe indiscutible de la nueva bancada del FMLN.

Pero hay un pequeño problema: Para conseguirle inmunidad ante cualquier posibilidad de acción judicial por sus vinculaciones con las FARC y el gobierno venezolano, el presidente le nombró viceministro en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Para hacer esto, inventaron un ‘Viceministerio para la Inversión y el Financiamiento para el Desarrollo’. Aunque este cargo es ficticio, legalmente es viceministro, con todas las consecuencias legales. Y aparte del goce de inmunidad, esto implica también que no puede ser candidato a diputado.

No lo digo yo, lo dice la Constitución, en su artículo 127:
“No podrán ser candidatos a Diputados:
1. El Presidente y el Vicepresidente de la República, los Ministros y Viceministros de Estado…
Las incompatibilidades a que se refiere el ordinal primero de este artículo afectan a quienes hayan desempeñado los cargos indicados dentro de los tres meses anteriores a la elección.”
Entonces, para evadir este obstáculo, José Luis Merino pidió ‘permiso sin goce de sueldo’. Lo del sueldo lo tiene sin cuidado, no así la inmunidad. No vaya ser… Por esto no renunció.

Entonces, ¿cómo hay que interpretar el artículo arriba citado? En concreto, ¿qué significa “ no desempeñar el cargo”? ¿Es suficiente que ya no viene a su oficina (dicen que antes tampoco venía), gozando de permiso – o tendría que haber renunciado, para que todas las implicaciones legales de su nombramiento caduquen, incluyendo inmunidad y la prohibición de ser candidato a diputado?

Hemos escuchado dos interpretaciones. Una del Tribunal Electoral, que lo inscribió como candidato, dándose por satisfecho con el permiso. Y otra del presidente de la Sala de lo Constitucional, magistrado Armando Navas, quien dijo que esto podría ser inconstitucional, pero que para que la Sala lo examinara, alguien tendrá que presentar una demanda.

No soy abogado, pero siempre parto de que la ley y la justicia son asuntos de la razón común – y la razón común me dice que pedir permiso sin goce de sueldo, manteniendo su inmunidad, es una maniobra para evadir el dictado constitucional.

Para salir de esta duda, urge que algún valiente, a la brevedad posible, presente a la Sala un recurso pidiendo que ordene al TSE a suspender la candidatura de José Luis Merino.

Saludos,


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(MAS! / El Diario de Hoy)